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Sección 533 becas

Un programa de rehabilitación autorizado bajo la sección 533 de la ley de vivienda de 1949 de la vivienda rural de USDA. El servicio de Vivienda Rural está autorizado a realizar donaciones a organizaciones capaces para unifamiliar (1) rehabilitación de vivienda en las zonas rurales que es propiedad de las familias de ingresos bajos y muy bajos ingresos, (2) rehabilitación de propiedades de alquiler rural y (3) rehabilitación de vivienda cooperativa rural estructurado para proporcionar viviendas asequibles a los inquilinos bajos y muy bajos ingresos. Las casas deben estar ubicadas en zonas rurales y necesitan asistencia de preservación de la vivienda. Familias asistidas deben cumplir con las restricciones de ingreso (ingresos de 80% o menos del ingreso mediano del área) y debe haber ocupado la propiedad de al menos un año antes de recibir asistencia. Los ocupantes de viviendas arrendadas pueden ser elegibles para asistencia si (1) la parte restante del contrato de arrendamiento se extiende por 5 años o más, y (2) el contrato de arrendamiento permite al ocupante a realizar modificaciones en la estructura e impide que el propietario aumentar la renta debido a las modificaciones.

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